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REFORMA
DEL DERECHO DE FAMILIA EN FRANCIA
Propuesta del
Gobierno francés, cuyo aspecto más espectacular es la previsión legal
de la custodia compartida y la convivencia de los hijos de separados con ambos padres (alternancia
semanal en defecto de un mejor acuerdo entre los padres). Al margen de sus efectos finales en las leyes y en la práctica
judicial, esta iniciativa tiene un valor innegable: por primera vez, un
gobierno europeo reconoce abiertamente que ese régimen de
alternancia en la convivencia es el más conveniente para el desarrollo del niño.
Ségolène
Royal, Ministra Delegada de la Familia y la Infancia
del Gobierno francés, presentó el 27 de febrero de 2001 un proyecto de
reforma que,
cuando se lleve a efecto, se plasmará en la instauración legal de la
custodia compartida de los hijos de separados. La iniciativa, titulada
"La reforma de la autoridad parental: los nuevos derechos de las
familias", se enmarca en la reforma del derecho de la familia
emprendida por el Gabinete del socialista Lionel Jospin, que, asimismo,
moderniza otros aspectos como la transmisión del apellido, los derechos
sucesorios de viudos y viudas o el estatuto de los hijos adulterinos.
«Cada
hijo tiene el derecho a ser educado por su padre y por su madre, con
independencia de la situación familiar. Hay que reafirmar el papel del
padre cuando está marginado por el divorcio», ha indicado la Ministra.
A su juicio, «la fórmula de compartir el tiempo del hijo entre
sus dos padres a partes iguales, según un ritmo general de una semana de cada dos, es la que mejor puede responder a las necesidades del niño».
En la propuesta se suprime el derecho de visita por entender que padre y
madre tienen el derecho y el deber de mantener relaciones personales con
el niño.
La
iniciativa constituye, sin duda, un paso de gigante en medio de los
obsoletos regímenes de divorcio occidentales, y hay que felicitarse por
ello y esperar que el ejemplo
cunda. También habrá que esperar hasta conocer la legislación
resultante de esa iniciativa (el anteproyecto de ley se anuncia en la
propuesta para un mes más tarde). Pero las miradas más atentas ya han
visto en ella algunas fisuras por donde podría hacer agua, especialmente
en los casos de poca voluntad conciliadora o excesiva hostilidad de las
parejas (o de uno de sus miembros). La asociación francesa SOS PAPA (www.sospapa.asso.fr), por
ejemplo, lamenta que no se hayan previsto aspectos como los secuestros o
huidas con los niños antes emprenderse cualquier acción judicial; que no
se imponga a las partes una seria obligación de negociación, conciliación
o mediación ni se distinga entre el progenitor "positivo" y el
progenitor "negativo" que obstaculiza toda conciliación; o que
se siga reconociendo a los magistrados un poder único e incontrolado que,
en muchos casos, podría ejercerse de forma personal y discriminatoria.
Por su parte KETH (www.keth.org)
observa que "falta por convencer a los jueces, mayoritariamente
opuestos a ese principio de igualdad parental por razones prácticas o
culturales" y se pregunta si la futura ley tendrá carácter
retroactivo y podrán reexaminarse determinados casos.
Estos
son algunos de los pasajes más significativos de la propuesta:
REFORMA
DE LA AUTORIDAD PARENTAL:
Refundar,
renovar y sostener la autoridad de los padres
Objetivo:
Ultimar
con la Ministra de Justicia, Marylise Lebranchu, el proyecto de reforma
legislativa del derecho de familia y preparar medidas reglamentarias prácticas
para la próxima conferencia de la familia en junio próximo.
Los
cuatro principios:
- afirmar
el fundamento de la noción de autoridad otorgándole todo su sentido
(refundar).
- Ejercer
en común la autoridad parental, en condiciones igualitarias entre el
padre y la madre (coparentalidad) y, consecuentemente, consolidar la
función de los padres y la función paterna (renovar y sostener).
- Definir
un derecho común a todos los niños, con independencia de que sus
padres vivan juntos o estén divorciados, y sean o no casados, a fin
de estabilizar la filiación (renovar).
- Ayudar
a las familias más necesitadas (sostener): grupo de trabajo sobre
familia y pobreza; y reforma de la ASE, ya que las familias pobres no
son pobres familias y los padres deben ejercer su responsabilidad con
la misma dignidad y su autoridad con la misma eficacia.
[...]
Calendario:
Envío
inmediato de estas propuestas a los miembros de la Conferencia de la
Familia para su consulta.
Presentación
del anteproyecto de ley sobre el derecho de familia en el plazo de un mes,
conjuntamente con la Ministra de Justicia.
Decisiones
sobre las medidas concretas que se examinarán en la próxima Conferencia
de la Familia.
[...]
II
- Igualar la responsabilidad parental entre el padre y la madre y, por
tanto, consolidar la función paterna y revalorizar el papel de los
padres.
Un
adolescente de cada cuatro vive con uno solo de sus padres y, la mayor
parte de ellos, no tiene contacto educativo con el padre.
Una
pensión alimenticia de cada cinco queda sin pagar, y el sentimiento de
marginación del padre tiene mucho que ver con ese hecho. Mejorando un
aspecto, se mejorará el otro.
Debe
darse prioridad a los acuerdos amistosos entre el padre la madre, sobre
todo en lo que respecta a la organización de la custodia y a la función
de terceros.
En
consecuencia, es preciso:
1
– En cuanto a la reforma del derecho de familia (anteproyecto de ley):
-
armonizar
las reglas aplicables a todos los padres, y suprimir la condición de de
comunidad de vida para que los padres no casados puedan ejercer la
autoridad parental
-
introducir
en el Código Civil la posibilidad de la custodia alterna de los niños en
caso de divorcio;
-
facilitar
el acceso de las parejas al juez de familia para homologar los acuerdos
que ambos miembros de la pareja establezcan entre ellos, con independencia
de que estén o no casados;
2
- medidas concretas de coparentalidad
-
crear
un libro de paternidad, en el momento en que la madre recibe su documento
de maternidad [...];
-
estudiar
la posibilidad de establecer un permiso de paternidad, ya que estudios
suecos han demostrado la presencia de vínculos más fuertes en los padres
que se han ocupado del bebé (tres días, bonificación/35 horas,
elaboración de un nuevo dispositivo);
-
desarrollar
la mediación familiar para evitar conflictos al niño;
-
ayudar
a los padres antes del nacimiento y durante el primer año: prevenir las
separaciones debidas a la llegada del niño [...];
-
igualdad
de ambos padres respecto de la escolaridad de sus hijos: ficha informativa
con ambas direcciones, boletines de notas, procedimientos disciplinarios,
orientación, derecho de voto [...]
-
doble
libro de familia, para que el padre divorciado que no tenga la custodia no
se vea privado de toda documentación relativa a su hijo;
-
derecho
de reembolso de ambos padres en la seguridad social;
-
ampliar
el libro de familia numerosa a las familias recompuestas con más de dos
niños;
-
proponer
un baremo indicativo para la fijación de las pensiones alimenticias
[...].
4
- Coparentalidad e igualdad hombre-mujer
Situación
actual
El
ejercicio de la función parental no puede considerarse con independencia
de las cuestiones de igualdad, igualdad social e igualdad entre los sexos.
[...]
Promover
una coparentalidad es permitir a los padres y a las madres el
establecimiento de un equilibrio entre la vida profesional, la vida
familiar y la vida social.
La
consideración de la vida familiar en la organización del tiempo
profesional debe afectar tanto a los hombres como a las mujeres.
[...]
Por
motivos culturales, la
paternidad sigue estando poco amparada en la vida profesional: las
encuestas demuestran que el 20% de los hombres, sobre todo los padres jóvenes,
desearían ejercer más sus responsabilidades familiares en comparación
con sus responsabilidades profesionales.
Propuestas
Crear
un verdadero permiso para el padre cuando nace un niño.
Modificar
el dispositivo de permisos de ambos padres, a fin de que puedan repartirse
mejor.
Lanzar
una campaña de comunicación y de sensibilización multimedia que destaque
la igualdad padre-madre en la esfera familiar y doméstica y en el cuidado
diario de los niños. El día del padre podría, por ejemplo, servir de
punto de partida para una campaña de envergadura.
La
“custodia alterna”
Situación
actual
Tras
haber sido desprestigiada en nombre del interés del niño, la fórmula
del reparto del tiempo del niño entre sus dos padres a partes iguales,
según un ritmo general de semanas alternas, se reconoce hoy tan válida
para responder a las necesidades del niño como las fórmulas más clásicas
del reparto del tiempo entre días laborables y fines de semana.
[...]
A
partir de la ley de 1993, el juez fija la residencia habitual del niño
"si no existe acuerdo entre los padres". Ambos padres conservan
el ejercicio de la patria potestad, es decir, cada uno de ellos conserva "el
derecho y el deber de custodia", que es uno de los atributos de la
patria potestad.
[...]
Propuestas
[...]
La
palabra "custodia" define a la vez el derecho y el deber de un
padre de mantener al hijo en su hogar familiar, así como el derecho y el
deber de ese padre de atender las necesidades de su hijo y prodigarle los
cuidados que necesite cada día.
La
separación conlleva necesariamente una alternancia de la custodia, ya que
el niño debe repartir su tiempo entre ambos padres, con independencia del
modo de alternancia establecido (por otra parte, los padres no separados
que se reparten sus responsabilidades como padres, ¿no practican también
una forma de alternancia respecto del niño?)
En
ese sentido, no se puede ya hablar de un padre custodio y un padre no
custodio: cuando se fija una residencia habitual en el domicilio de uno de
ellos, éste es el padre que aloja a título principal al niño, modalidad
de repartición del tiempo del niño que no tiene ningún efecto jurídico.
[...]
La
fijación de las pensiones alimenticias
Situación
actual
La
contribución al mantenimiento y la educación del niño es una obligación
que incumbe a ambos padres, una vez establecida la filiación.
El
carácter de orden público de esta obligación no impide una repartición
amistosa de su cumplimiento entre los progenitores separados.
La
fijación de la cuantía de las pensiones alimenticias origina importantes
y costosos contenciosos. [...]. Cada año, unos 40.000 procedimientos
resultantes del divorcio se refieren únicamente a la cuestión de la
pensión alimenticia, con intervención de abogados como asistencia jurídica
en el 40% de esos procedimientos.
[...]
Propuestas
Definir
baremos indicativos simples basados en los ingresos del deudor de la pensión,
así como en las situaciones que justifiquen un aumento o una disminución
respecto de esos baremos, tomando como base, por ejemplo, el mecanismo
puesto en funcionamiento en el Canadá en 1996. [...]
Reexaminar
las normas del derecho fiscal aplicables a las pensiones alimenticias.
17-Prevenir
las dificultades de alojamiento del padre no custodio
[...]
Se
trata por tanto de:
-
favorecer el acceso a
la vivienda social del padre "no custodio" para permitirle
acoger a sus hijos en buenas condiciones;
-
promover
la creación de lugares de acogida donde los padres no custodios en
situación precaria puedan recibir a sus hijos durante el fin de semana y
las vacaciones escolares.
Texto
original francés
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