Escrito enviado al Congreso y al Senado, relativo al impedimento del régimen
de visitas:


La Asociación de Padres de Familia Separados (APFS) que representa a más de 20.000 asociados en toda España, solicita oficialmente de ese Organismo que se
estudie la aplicación de la normativa penal existente en otros países de la
Unión Europea en lo relativo al trato penal del incumplimiento de sentencia en
lo relativo al régimen de visitas.

  Hemos comprobado como aumentan, constantemente, las situaciones en las que al
  padre separado se le impide llevar a cabo el régimen de visitas estipulado en
  sentencia judicial.

  Ante el hecho de que en España no está penalizado legalmente el  "impedimento
  del régimen de visitas" son cada vez más frecuentes los casos de padres
  separados que se acercan a nuestra asociación con el problema de no poder ver
  a sus hijos.

  En otros  países de la Unión Europea está tipificado como delito el
  "impedimento del régimen de visitas", por ello y con la idea de observar el
  trato igualitario que figura en el Art. 14 de la Constitución Española
  solicitamos de ese Senado se observe por igual el tratamiento legal para el
  impago de pensiones y para el impedimento del régimen de visitas.

  Recordamos que este derecho del padre de poder ver a sus hijos no corresponde
  tan solo al padre sino que también es un derecho de los menores a tener padre
  y madre.

       En Madrid a 11 de  Junio  de 2.001
              EL PRESIDENTE


              Juan Luis Rubio Azcue

 

 

 

Escrito enviado al Congreso, al Senado y al Grupo Mixto, relativo a la viudedad:

  La Asociación de Padres de Familia Separados (APFS) que representa a más de
  20.000 asociados en toda España, desea mostrar su apoyo a la "Proposición de
  Ley"nº. 122/000079 sobre "Modificación del sistema de protección por
  prestaciones de viudedad por la que, en los casos de disolución del vínculo
  matrimonial, se elimina el reparto proporcional de ésta en relación al tiempo
  convivido con el causante.", presentada por el Grupo Mixto y publicada en el
  Boletín Oficial de las Cortes Generales de fecha 3 de noviembre de 2000.

  La APFS, ha venido observando, a lo largo de su existencia la multitud de
  casos que se han dado de fallecimiento de hombres divorciados, en los que se
  han producido situaciones injustas referidas a la última esposa (mejor dicho
  a la única esposa, ya que el vínculo existente anteriormente ha sido anulado
  mediante la correspondiente sentencia de divorcio).  Estas situaciones han
  dado lugar a que, incluso en el extranjero, se diese como hecho el que en
  España se reconocía, legalmente, la bigamia, en la aplicación de la Ley
  General de la Seguridad Social.

  Por todo lo expuesto apoyamos la Proposición de Ley antes mencionada y
  solicitamos se legisle con el carácter de urgencia que la aplicación de la
  propia Constitución Española exige para la corrección de situaciones de
  discriminación como la que  existe en la actualidad.

  A tal efecto nos ofrecemos, junto a nuestros abogados para participar en
  cualquier mesa constituida al efecto o para mantener cualquier entrevista que
  se considere necesaria con los distintos grupos legislativos.

       En Madrid a 26 de  Junio  de 2.001
              EL PRESIDENTE


              Juan Luis Rubio Azcue

 

 

 

 

 

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