Escrito enviado al Congreso y al Senado, relativo al impedimento del
régimen
de visitas:
La Asociación de Padres de Familia Separados (APFS) que representa
a más de 20.000 asociados en toda España, solicita oficialmente de
ese Organismo que se
estudie la aplicación de la normativa penal existente en otros países
de la
Unión Europea en lo relativo al trato penal del incumplimiento de
sentencia en
lo relativo al régimen de visitas.
Hemos comprobado como aumentan, constantemente, las
situaciones en las que al
padre separado se le impide llevar a cabo el régimen de
visitas estipulado en
sentencia judicial.
Ante el hecho de que en España no está penalizado
legalmente el "impedimento
del régimen de visitas" son cada vez más frecuentes
los casos de padres
separados que se acercan a nuestra asociación con el
problema de no poder ver
a sus hijos.
En otros países de la Unión Europea está tipificado
como delito el
"impedimento del régimen de visitas", por ello y
con la idea de observar el
trato igualitario que figura en el Art. 14 de la Constitución
Española
solicitamos de ese Senado se observe por igual el tratamiento
legal para el
impago de pensiones y para el impedimento del régimen de
visitas.
Recordamos que este derecho del padre de poder ver a sus
hijos no corresponde
tan solo al padre sino que también es un derecho de los
menores a tener padre
y madre.
En Madrid a 11 de Junio
de 2.001
EL PRESIDENTE
Juan Luis Rubio Azcue
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Escrito enviado al Congreso, al Senado y al Grupo Mixto, relativo a
la viudedad:
La Asociación de Padres de Familia Separados (APFS) que
representa a más de
20.000 asociados en toda España, desea mostrar su apoyo a la
"Proposición de
Ley"nº. 122/000079 sobre "Modificación del
sistema de protección por
prestaciones de viudedad por la que, en los casos de disolución
del vínculo
matrimonial, se elimina el reparto proporcional de ésta en
relación al tiempo
convivido con el causante.", presentada por el Grupo
Mixto y publicada en el
Boletín Oficial de las Cortes Generales de fecha 3 de
noviembre de 2000.
La APFS, ha venido observando, a lo largo de su existencia la
multitud de
casos que se han dado de fallecimiento de hombres
divorciados, en los que se
han producido situaciones injustas referidas a la última
esposa (mejor dicho
a la única esposa, ya que el vínculo existente
anteriormente ha sido anulado
mediante la correspondiente sentencia de divorcio).
Estas situaciones han
dado lugar a que, incluso en el extranjero, se diese como
hecho el que en
España se reconocía, legalmente, la bigamia, en la aplicación
de la Ley
General de la Seguridad Social.
Por todo lo expuesto apoyamos la Proposición de Ley antes
mencionada y
solicitamos se legisle con el carácter de urgencia que la
aplicación de la
propia Constitución Española exige para la corrección de
situaciones de
discriminación como la que existe en la actualidad.
A tal efecto nos ofrecemos, junto a nuestros abogados para
participar en
cualquier mesa constituida al efecto o para mantener
cualquier entrevista que
se considere necesaria con los distintos grupos legislativos.
En Madrid a 26 de Junio
de 2.001
EL PRESIDENTE
Juan Luis Rubio Azcue
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